La Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN) presentó el martes 1 de agosto una medida cautelar ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo Federal para que la Secretaría de Cambio Climático de la Nación suspenda las autorizaciones de exploración sísmica y la explotación de gas costa afuera (off shore) en todo el mar argentino hasta tanto se evalúen sus impactos acumulativos y climáticos y se publiqué una evaluación ambiental estratégica (EAE).
Según la FARN los estudios ambientales que se están realizando en exploraciones y explotaciones offshore son “incompletos” y no contemplan los daños que se ocasionarán al ecosistema marino como los compromisos climáticos asumidos por el país.
La medida cautelar tiene como objetivo que el Gobierno nacional se abstenga de otorgar permisos de exploración sísmica y de explotación hidrocarburífera costa afuera, emitir declaraciones y aprobar estudios o evaluaciones de impacto ambiental, y autorizar prospecciones sísmicas o de explotación hasta tanto se evalúen sus impactos acumulativos y climáticos y se publique una EAE que contemple también las alternativas energéticas y los costos y beneficios en el marco de una transición justa.
Durante las audiencias públicas de los años 2021, 2022 y 2023, en las que se debatieron los Estudios de Impacto Ambiental de los proyectos offshore, FARN exigió la elaboración y publicación de una EAE frente a las políticas extractivas en el mar argentino en abierta oposición con compromisos climáticos internacionales.
La EAE es un estudio que permite analizar los impactos ambientales de programas y proyectos en diálogo con los objetivos estratégicos y compromisos climáticos internacionales asumidos por el país. Esta evaluación contempla, entre otros puntos, la reducción de gases de efecto invernadero, la conservación de la biodiversidad y la diversificación de la matriz energética.
Desde la FARN señalan que las declaraciones y autorizaciones ambientales favorables a estos proyectos de exploración y explotación por parte de la Secretaría de Cambio Climático de la Nación vulneran el principio de no regresión establecido en el Acuerdo de Escazú y violan las leyes 23.094 -que declaró monumento natural nacional a la ballena franca austral- y 22.351 -que estableció la protección absoluta e inviolabilidad de los monumentos naturales.