FIN DE LA OCUPACION ILEGAL ARMENIA Y LA DESTRUCCIÓN ECOLÓGICA EN NAGORNO-KARABAJ
Por Konul Suleymanli – Primera Secretaria de la Embajada de la República de Azerbaiyán en Argentina.
Antes de nada, quisiera hacer una breve referencia a los inicios del conflicto entre Armenia y Azerbaiyán y recordar que durante los años 1990-93, Armenia llevó a cabo una agresión militar contra Azerbaiyán y mediante el uso de fuerza ocupó ilegalmente la región de Nagorno-Karabaj y 7 distritos adyacentes (Kalbajar, Lachín, Gubadlí, Zanguilán, Jabraíl,Fizulí, Agdám), que representan el 20% del territorio de Azerbaiyán. Al mismo tiempo, cometió una limpieza étnica contra 1 millón de azerbaiyanos, que fueron expulsados de sus tierras de origen convirtiéndose en desplazados internos.
El pasado 10 de noviembre, el Presidente de la República de Azerbaiyán, el Primer Ministro de la República de Armenia y el Presidente de la Federación Rusa han firmado la declaración anunciando el cese del fuego y el fin de las hostilidades, así como la devolución de los territorios ocupados de Azerbaiyán y el regreso de los desplazados internos y los refugiados al territorio de Nagorno-Karabaj y distritos adyacentes.
Lamentablemente esta devolución va acompañada del proceso de destrucción y daño a la naturaleza que comenzó hace casi 30 años.
En este período, Armenia saqueó los recursos naturales en los territorios ocupados de la República de Azerbaiyán y explotó ilegalmente 163 yacimientos mineros, incluidos aquellos de oro, mercurio, cobre, plomo, zinc y carbón, además de cubiertas forestales y árboles raros. Con estas acciones, Armenia viola sus obligaciones de los Convenios de la ONU sobre la Diversidad Biológica y la Lucha contra la Desertificación y otros acuerdos internacionales.
Durante 27 años, en la región de Kalbajar de Azerbaiyán, se talaron y vendieron árboles de un área de 968 has. incluidos en la Lista Roja de Especies Amenazadas de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza. Hay más de 4.000 especies en la región, entre ellas unas 200 medicinales que fueron saqueadas en masa y transportadas al exterior por empresas extranjeras. Estos delitos ambientales fueron confirmados por el operador satelital Azercosmos a lo largo de los años:
Sin embargo, los armenios que deben retirarse de la región ocupada de Kalbajar están incendiando pueblos, talando árboles, quemando bosques y destruyendo monumentos naturales, flora y fauna valiosos para el equilibrio ecológico de la región y del planeta en general. En esa y otras regiones están cometiendo delitos contra los azerbaiyanos y la economía estatal quemando viviendas y causando daños al medio ambiente.
Por lo tanto, la infraestructura a crear para el bienestar de los desplazados internos que regresen a las tierras desocupadas deberá realizarse desde cero, teniendo en cuenta el relieve, el clima y otras características naturales, así como el daño causado por los armenios en las áreas liberadas. Según la ciencia económica, el valor real del proceso de producción también debe incluir el daño al medio ambiente, principio conocido como “quien contamina debe pagar”, aprobado por primera vez en 1972 por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos.
En 1987 este principio fue reconocido por la mayoría de los países europeos. En 1992, su importancia fue confirmada en la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo en Río de Janeiro. La Asamblea General de la ONU también se guía por los principios 13 y 16 de la Declaración de Río de Janeiro. El Principio 13 de la Declaración prevé el establecimiento de los mecanismos legales nacionales para garantizar la indemnización de las víctimas de contaminación y el Principio 16 dispone la internacionalización de las amenazas y los costos ambientales.
Cabe señalar que la Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre la “Situación en los territorios ocupados de Azerbaiyán” (2006) planteó evaluar el impacto de los incendios en los territorios ocupados de Azerbaiyán. Además, basado en la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en 2015 sobre la causa “Chiragov vs y otros contra Armenia” y la resolución de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa N° 2085 de 2016 titulada “La población azerbaiyana en primera línea está deliberadamente privada de agua”, se ha determinado que Armenia ha violado gravemente las normas y principios del derecho internacional.