La Cámara Federal de Casación Penal confirmó la primera condena dictada en el fuero federal por el delito de contaminación del agua, suelo y ambiente en general mediante el empleo de residuos peligrosos. Se trata de un empresario que tiraba efluentes líquidos grasosos con restos orgánicos al arroyito El Salto de Aldea Brasilera. Además, quemaba a cielo abierto restos de animales y esa acción liberaba dioxinas y furanos, considerados ecotóxicos con daño a la salud pública
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Mariano Hernán Borinsky, Javier Carbajo y Gustavo Hornos, resolvió rechazar el recurso de casación interpuesto por la defensa de Jorge Elías Mocarbel contra la condena dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Paraná respecto del nombrado en orden al delito de contaminación del agua, suelo y ambiente en general, de un modo peligroso para la salud y mediante el empleo de residuos peligrosos.
Mocarbel, al momento de los sucesos investigados, era socio gerente de la firma “Mocarbel SRL”, empresa dedicada a la fabricación de jabones, detergentes, aceites y grasas de origen animal, como al procesamiento de su carne con la elaboración de sub productos cárnicos y la fabricación de calzado de tela, plástico, goma, caucho y otros materiales.
En su voto, el juez Borinsky destacó la íntima relación que existe entre el ambiente y la salud y explicó que “en el caso del delito ambiental, por cuanto el entorno natural, la biodiversidad y recursos vitales como el agua constituyen presupuestos existenciales: la vida misma de los seres vivos, actuales y futuros depende de su existencia en condiciones aceptables. A partir de allí, centrados ya en el ser humano, mientras mayor sea la preservación en equilibro con un desarrollo sostenible, mayor será la calidad de vida”.