El Gobierno reglamentó la Ley 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, conocida como ley de etiquetado Frontal, que tiene como objetivo advertir a los consumidores sobre los excesos de grasas, sodio y azúcares en los productos, con el fin de ayudar a combatir la obesidad, la hipertensión y los riesgos cardíacos.
Mediante esta ley la población contará con información sobre los productos que consume a través de un sistema de etiquetado que advierte cuando un producto tenga “exceso de grasas saturadas”, “exceso en grasas totales”, “exceso en azúcares”, “exceso en sodio”, y/p “exceso en calorías”, según valores propuestos por la Organización Panamericana de la Salud (OPS ) y otro tipo de advertencias como la presencia de edulcorantes o cafeína.
También establece que este tipo de productos no pueden tener publicidad comercial dirigida a niños, niñas y adolescentes ni ser vendidos en entornos escolares. Además, los artículos con más de un sello de advertencia no podrán incluir dibujos animados., personajes, figuras públicas, regalos ni elementos que llamen la atención de niños, niñas y adolescentes en su frente.
La reglamentación establece que el uso del etiquetado frontal con sistema gráfico de advertencias octogonal negro en los productos envasados “resulta ser el más visible, comprensible, claro y eficaz para identificar nutrientes críticos en exceso, transmitir una mayor percepción de riesgo para la salud y un mejor desempeño para disminuir la intención, tanto de consumo como de compra en el territorio argentino”.