La Dirección General de Aduanas obtuvo sentencia definitiva en un proceso de amparo en el que la firma Minas Argentinas cuestionó el tope de los Derechos de Exportación mineros establecidos por el Decreto 793/2018.
Minas Argentinas había obtenido inicialmente una sentencia favorable en primera instancia, que fue posteriormente revocada -tras la apelación interpuesta por la Aduana- por la Sala B de la Cámara Federal de Mendoza.
La sentencia quedó firme luego de que la Corte Suprema de Justicia calificara de inadmisible el recurso extraordinario presentado por la empresa con el objetivo de rever un fallo adverso de la Cámara Federal de Mendoza.
Minas Argentinas obtuvo inicialmente una sentencia favorable en primera instancia, que fue posteriormente revocada -tras la apelación interpuesta por la Aduana- por la Sala B de la Cámara Federal de Mendoza.
El fallo del tribunal de segunda instancia quedó ahora confirmado tras la decisión de la Corte de considerar “inadmisible” el recurso elevado por la firma minera.
De esta forma, la dependencia oficial logró que la empresa minera abone una diferencia de tributos de $185,7 millones.
La empresa inició la acción de amparo en junio del 2020 a fin de que “se declare ilegal, arbitrario, ilegítimo e inconstitucional la aplicación por parte de esa repartición de derechos de exportación superiores al tope del 8 % sobre el valor imponible o precio final FOB -precio de embarque-“, señalaron fuentes judiciales.
La presentación de la firma solicitó también que la Aduana “se abstenga de aplicar en el futuro un derecho de exportación superior a dicho tope”.
Desde fines del 2015 hasta septiembre de 2018 la actividad minera dejo de tributar este tributo, hasta que se decidió gravar la actividad con una alícuota del 12% “debido a la necesidad de acelerar la consolidación fiscal” entre otros motivos que figuran en el decreto 793/2018 que finalmente fue avalado por el Congreso.
En desacuerdo con esta medida, Minas Argentinas -filial de la minera colombiana Mineros S.A.- acudió a la justicia y logró un pronunciamiento favorable en un juzgado de primera instancia.
Luego, la Sala B de la Cámara Federal de Mendoza, hizo lugar a la apelación interpuesta por la Aduana, fallo que ahora queda confirmado tras el pronunciamiento de la Corte Suprema.