Ayer, 5 de agosto de 2021, el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE publicó la Resolución 249/2021 que reforma el artículo 3º de la res. 206/16 de la siguiente manera: los administrados que cuenten con el Certificado Ambiental Anual (C.A.A.) conforme lo dispuesto por Ley Nº 24.051, deberán dar estricto acatamiento a lo establecido en los artículos 1° y 2° de la res. 206/16, en un plazo perentorio de 20 días hábiles administrativos.
La resolución Nº 206/16, fijó el procedimiento para los sujetos alcanzados incluidos los comprendidos en la Ley N° 24.051 que hayan obtenido el Certificado Ambiental Anual deberán presentar ante la UNIDAD DE EVALUACIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES. La Declaración Jurada contiene la determinación del Nivel de Complejidad Ambiental (N.C.A.) de conformidad con la Resolución SAYDS Nº 1639/2007 sus modificatorias y complementarias, debiendo explicar y detallar todos y cada uno de los componentes de la ecuación polinómica, desarrollada por profesional debidamente matriculado, con perfil y alcance de título suficiente en la materia.
Por su parte la UERA, la UNIDAD DE EVALUACIÓN DE RIESGOS AMBIENTALES, área competente deberá requerir y verificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el artículo 22 de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 es decir la contratación de un Seguro ambiental con cobertura suficiente por parte de toda empresa pública o privada, que realice actividades riesgosas para el ambiente con el fin de garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir.
En el caso que los administrados o sujetos pasibles de tomar el seguro intimados justifiquen fehacientemente que existen causas que no les son imputables y les impiden dar cumplimiento al requerimiento; la UNIDAD DE EVALUACION DE RIESGOS AMBIENTALES tendrá la facultad de conceder una prórroga de 10 días hábiles administrativos a los mismos. Vencido el plazo perentorio de la intimación, sin haber acreditado la documentación pertinente, los infractores serán pasibles de las sanciones previstas en el régimen establecido en el artículo 49 y subsiguientes de la Ley Nº 24.051.