El Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible (OPDS) inició un proceso sancionatorio contra Supermercados Día (350 sucursales), McDonald’s (92 sucursales), Mostaza (70 sucursales), Carrefour (67 sucursales), Toledo (37 sucursales) y Maxiconsumo (11 sucursales), que podría derivar en multas cuya suma total rondaría los 30 millones de pesos, por no cumplir con la separación en origen y la presentación de un plan de gestión con disposición final en destinos sustentables.
La Resolución 317/20 establece que los supermercados, hipermercados, shoppings, galerías comerciales, establecimientos de servicio u hospedaje, comercios, centros de distribución, universidades públicas y privadas y dependencias de la administración pública provincial, que generen más de una tonelada de residuos al mes, deben separarlos en origen.
Además, a partir de la entrada en vigencia de la norma el 1 de marzo de este año, estos “generadores especiales de residuos sólidos urbanos” están obligados a presentar un plan de gestión que detalle la capacitación al personal, la separación de los residuos y el convenio con un “destino sustentable” para la disposición final.
El director ejecutivo de OPDS, Juan Brardinelli, explicó: “Para impulsar esta política pública organizamos desde la gestión provincial más de 40 mesas ambientales en municipios, de las que participaron funcionarios municipales, empresas de comercios y servicios, cooperativas de recuperadores urbanos, universidades nacionales”. El funcionario provincial señaló también que se concretaron “reuniones técnicas con cada cadena de supermercados para facilitar el proceso de inscripción, y contemplando los procesos de adecuación se extendieron los plazos de presentación al 30 de noviembre”.
Ante la falta de cumplimiento de la Resolución 317/20 por parte de algunas cadenas de supermercados y restaurantes de comidas rápidas, se inició el proceso sancionatorio impuesto por la Ley de Gestión Integral de los Residuos Sólidos Urbanos (Ley provincial N° 13.592). El acatamiento de la norma fue previamente intimado mediante carta documento.