La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró su competencia originaria para intervenir en la causa por la que Greenpeace Argentina busca frenar el desmonte en el territorio de las provincias en las que habita el yaguareté. En ese marco, requirió al Estado nacional, a la Administración de Parques Nacionales y a las provincias del Chaco, Salta, Formosa y Santiago del Estero la presentación del informe previsto en el artículo 8° de la Ley 16.986 (de amparo).
El máximo tribunal se declaró competente en este caso presentado por la organización ambientalista Greenpeace en nombre del yaguareté, el felino más grande de América, en peligro de extinción frente a la deforestación de los bosques nativos de Chaco, Salta, Formosa y Santiago del Estero. Tres de los gobernadores apuntados en la demanda por la deforestación son Jorge Capitanich (Chaco), Gildo Insfrán (Formosa) y Gerardo Zamora (Santiago del Estero), quienes firmaron el pedido de juicio político contra los cuatro jueces de la Corte presentado por el presidente Alberto Fernández en enero de este año.
De este modo, la Corte intervendrá en la demanda contra el Estado nacional y las provincias del Gran Chaco argentino por la deforestación de la segunda región boscosa más importante de Sudamérica, después de la Amazonía. Greenpeace había presentado una acción de amparo contra las mencionadas provincias, el Estado nacional y la Administración de Parques Nacionales para que se les ordene conservar y preservar el hábitat en el que vive el yaguareté. Asimismo, solicitó una medida cautelar para que se suspenda el desmonte en la región para toda actividad agroganadera.
Dicha acción la realizaron en nombre y representación de la especie yaguareté, como “sujeto de derechos”, el cual se encuentra casi en extinción (hay menos de 20 ejemplares en el Gran Chaco argentino).
En razón de la protección de un bien jurídico federal, el monumento natural especie yaguareté, tutelado por una ley nacional y de las personas involucradas en el conflicto (cuatro provincias, entre otras), en su dictamen, la Procuración entendió que la Corte tiene competencia originaria para intervenir en la causa.
La Corte, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, resolvió que la causa corresponde a su competencia originaria y requirió la presentación de los informes circunstanciados que prevé el artículo 8° de la Ley 16.986, en el plazo de 30 días corridos.
Un caso polémico
Sin lugar a dudas el caso involucra importantes intereses económicos y empresariales, ya que el desmonte de la zona se profundizó con la extensión de la frontera agrícola-ganadera hacia el norte argentino.
También hay intereses políticos en juego, ya que las provincias demandadas son Chaco, Salta, Formosa y Santiago del Estero, donde los gobiernos locales son cuestionados por ambientalistas y conservacionistas debido a las políticas permisivas con los desmontes para la soja, la ganadería y el negocio de la madera.
A raíz de todo este proceso se estima que solo quedan unos 20 yaguaretés en el país. Greenpeace estimó que en los últimos 24 años (1998-2022), en las cuatro provincias del Gran Chaco desaparecieron más de 6.000.000 de hectáreas de bosque nativo, una superficie casi equivalente a la provincia de Entre Ríos o de Formosa. Se trata del 80% de la deforestación del país, centrado en esa región.