Unas 150.000 toneladas de neumáticos se desechan por año en Argentina. Para graficar, el número representa unos 7.500 camiones de carga repletos de este residuo que si se los ubica en fila uno tras cubrirían una distancia de 100 kilómetros, casi la distancia de CABA a Chascomús.
Puede parecer poco, pero en realidad grafica la dimensión de un problema de tratamiento que año a año suma toneladas y toneladas de desecho que contaminan, dañan el medio ambiente y afectan a la salud de la población. Consecuencias que los productores parecen no querer asumir.
Se trata de un puñado de poderosas empresas que se reconocen fácilmente. Los miembros de la Cámara de la Industria del Neumático son apenas siete: Bridgestone, Pirelli, Good Year, Michelin, Continental, Prometeon y Titán.
Los neumáticos están producidos de hidrocarburos (85%), hierro y componentes químicos. Si son enterrados, ocupan mucho volumen en los rellenos sanitarios, con un tiempo muy largo de degradación de aproximadamente 600 años.
La Resolución N° 523/2013 de la por entonces Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable relativa al Manejo Sustentable de Neumáticos reconoció que los neumáticos “fuera de uso” y “de desecho” cuando no son gestionados adecuada y sustentablemente representan un relevante impacto de contaminación o daño ambiental y posible afectación a la salud de la población.
Como consecuencia de ello, se establecieron definiciones y lineamientos para el desarrollo de una estrategia nacional referida al Manejo Sustentable de Neumáticos en su Ciclo de Vida, bajo una serie de lineamientos, entre ellos, el de Responsabilidad extendida del Productor entendida como la asignación de la carga de la gestión ambiental a los Productores, a lo largo de todo el ciclo de vida del producto incluida la etapa post-consumo.
La resolución establece una jerarquía de opciones como orden de prioridad en materia de manejo de neumáticos en su ciclo de vida, en particular para los neumáticos de desecho que prioriza la prevención y minimización en la generación por sobre la reutilización, el reciclado, la recuperación energética y, en última instancia, la disposición final, determinándose que apartarse de dicha jerarquía sólo será posible cuando se justifiquen motivos de factibilidad técnica, viabilidad económica y protección ambiental, entre otros.
En dicha línea de acción, el decreto N° 779/2022 reglamentario de la ley N° 25.916 de residuos domiciliarios designó como Autoridad de Aplicación al por entonces Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, estableciendo entre sus potestades la creación de programas que contemplen la responsabilidad extendida al productor por el ciclo de vida de los productos, particularmente en la etapa post-consumo, asegurando la gestión integral de los residuos.
En sintonía con ello, el artículo 35 estableció que los programas especiales de gestión para aquellos residuos domiciliarios que, por sus características particulares de peligrosidad, nocividad o toxicidad, puedan presentar riesgos significativos sobre la salud humana o animal, o sobre los recursos ambientales, deberán observar las pautas mínimas que al efecto establecerá la autoridad de aplicación mencionado entre ellos, a título enunciativo, a los neumáticos de desecho.
Debido a que los neumáticos están hechos de caucho sintético, no son biodegradables, y su composición química particular conduce a la lixiviación de tóxicos en el suelo y el agua. Eliminar los neumáticos al quemarlos en lugar de reciclarlos de forma segura puede tener graves consecuencias para el medio ambiente.
Por su parte, el inciso c del art. 6° del Anexo I el principio de Responsabilidad extendida al productor determinando que “se promoverá la asignación de la responsabilidad objetiva por la gestión integral y su financiamiento a los productores que introducen por primera vez en el mercado bienes y productos que luego de consumidos devienen en residuos domiciliarios. A tales efectos, los productores deberán adecuarse progresivamente a las obligaciones que se establezcan, teniendo en cuenta el ciclo de vida del bien y/o producto, y el respeto por la jerarquía de opciones.”
Peligro para la salud Pública
Otro de los grandes problemas que se están presentando en las ciudades donde se generan acumulaciones de Neumáticos Fuera de Uso (NFU). El riesgo del cambio de la salud en las comunidades afectadas a estos sitios probablemente es el peligro menos obvio que poseer los neumáticos, dado que no se reciclan de manera adecuada.
Las enfermedades no provienen de los propios neumáticos, por supuesto, pero proporcionan las condiciones adecuadas. Ya que en muchas oportunidades se les trata como basura normal, pero en este caso su acumulación sin control constituye un probable foco de infección por convertirse en estos NFU en lugares de anidamiento de fauna nociva y plagas.
Es conocido que en diversas zonas se acostumbra acumular neumáticos en los techos cercanos a las viviendas. Luego con las lluvias se forman depósitos de aguas residuales en su interior, generándose lugares ideales para la proliferación del mosquito Aedes aegypti que es el vector principal del dengue.
Un proyecto de Ley trunco
Uno de los casos con más proyección en el país es el que tuvo su media sanción en el Senado de Argentina y perdió estado parlamentario en la Cámara de Diputados era el Proyecto de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental para la gestión de los neumáticos Fuera de Uso. La iniciativa impulsada por los senadores Alfredo Luenzo y Silvina García Larraburu, proponía responsabilizar a los productores frente a la basura generada por los neumáticos producidos.
De esta manera se esperaba promover un equilibrio entre la riqueza generada por las empresas a partir de la explotación de los recursos naturales y su responsabilidad medioambiental. “Deberán constituir asociaciones sin fines de lucro a fin de llevar a cabo la gestión integral de los NFU”, expresaba el cuerpo del proyecto de ley.
Además, uno de los puntos más importantes establecía la obligación de los distribuidores de recibir en forma gratuita los NFU para su posterior tratamiento y serían responsables de ingresarlos al sistema integrado de gestión en su carácter de generador. En definitiva, un sistema de gestión autorizado, para “garantizar la recogida de los NFU en todo el territorio nacional y su correcta gestión, alcanzando a todos los eslabones de la cadena de comercialización y reutilización de los neumáticos.
Este proyecto incluía todas las etapas de la cadena durante la vida útil del producto, ya sea su producción, uso, reutilización, reciclaje, valorización y tratamiento final. Para ello las empresas debían desarrollar centros de gestión de estos residuos en las cercanías de las fábricas.
El proyecto de ley pretendía suplir la ausencia de la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), por la cual el fabricante debería asumir el compromiso de realizar un seguimiento hasta el final del ciclo de vida del mismo. Un ejemplo de esto sería una campaña de reciclaje de neumáticos por la cual el fabricante acepte los usados como parte de pago.
Sin perjuicio de ello, abogados especialistas en la materia, señalan que teniendo en cuenta que el decreto número 779/2022 reglamentario de la ley de presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión de los residuos domiciliarios número 25.916 reguló el mencionado principio por lo que la obligación de la fabricantes/importadores en tal sentido se encuentra plenamente vigente.
Experiencias regionales
La región presenta sólidos casos de gestión integral en esta problemática. En Brasil a partir de la Ley N° 12.305 del año 2010 se estableció una política nacional en materia de residuos sólidos y, con ello, obligó a diseñar e implementar sistemas de logística inversa a los fabricantes, importadores, distribuidores y comerciantes de envases, agroquímicos, pilas y baterías, neumáticos, aceites minerales y sus envases, lámparas y residuos electrónicos.
En lo que a los neumáticos de desecho se refiere, incluso mucho antes de la sanción de la mencionada ley, el gobierno federal creó en el año 1999 un Programa Nacional de Recolección y Disposición Final de Neumáticos de Desecho. Dicho Programa dio lugar a la puesta en marcha de RECICLANIP, entidad sin fines de lucro en la cual se encuentran representadas las principales empresas productoras de neumáticos a nivel mundial y que comercializan sus productos en Brasil.
RECICLANIP es responsable de la puesta en marcha de los centros de almacenamiento transitorio, de la logística inversa y del fomento de nuevos destinos del material recuperado, enviando más del 60% de dicho material a coprocesamiento en hornos cementeros y destinando casi el 40% del mismo al reciclado.
Por otra parte, cabe destacar el caso de Chile, quien en el marco de la implementación de la Ley N° 20.920 por la cual se establece marco para la gestión de residuos, la responsabilidad extendida del productor y fomento al reciclaje ha puesto en marcha diversos sistemas de gestión con el objeto de promover el recupero de nos neumáticos de desecho, proporcionarles una gestión adecuada y cumplir con las metas dispuestas por la normativa vigente.
Es importante destacar que tanto en la experiencia brasilera como en la chilena encontramos similitudes respecto a los destinos de los neumáticos de desecho, los cuales son reciclados para su empleo en pisos deportivos, asfalto, entre otros, así como también destinados a coprocesamiento en hornos cementeros.
Las similitudes también se mantienen en cuanto a las empresas que comercializan estos productos, principales obligados por la normativa y que, en muchos casos, poseen representación comercial también en nuestro país.