Se presentó ante el Poder Legislativo un proyecto de ley, elaborado por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, que fija los presupuestos mínimos para aumentar en el país los estándares de bienestar de animales de la fauna silvestre que habiten en instituciones zoológicas, santuarios y centros de rescate y rehabilitación. Esta iniciativa legislativa se promovió en el marco de un foro participativo y diálogo con distintos referentes de la sociedad civil.
El proyecto de ley establece los lineamientos mínimos de conducta que las personas deben emplear con los animales silvestres y apunta a la reconversión de los zoológicos. Además, prohíbe que las instituciones de este tipo realicen espectáculos artísticos con animales, como también la exhibición pública de ejemplares sin una propuesta educativa.
También prohíbe la reproducción de ejemplares de la fauna autóctona o exótica, salvo que esté enmarcada en planes de cría para la conservación de las especies en peligro.
La norma incluye, además, un capítulo para delitos contra la fauna silvestre para quienes, en el ámbito de un zoológico, centro de rescate, santuario u otra institución afín cometa actos u omisiones que atenten contra el bienestar animal.
¿Qué comprende el concepto de bienestar animal?
Un estado óptimo de bienestar animal contempla que el ejemplar esté sano, cómodo, bien alimentado, seguro y sea capaz de expresar su comportamiento. Es decir, se le deberá asegurar alimentos y agua; ofrecer un entorno con condiciones que garanticen la seguridad, brinden salubridad y respeten las conductas biológicas de la especie; realizar controles periódicos de su salud física; establecer condiciones de habitabilidad y procurar que el animal logre expresar su comportamiento innato y mantener sus conductas biológicas y sociales según la especie.
Para ello, los zoológicos deberán respetar los estándares de bienestar animal en su proceso de reconversión. A su vez, los centros de rescate y de rehabilitación, y los santuarios tendrán que contar con un diseño que considere las necesidades físicas y comportamentales de cada individuo y especie, las medidas acordes y protocolos que aseguren un trato adecuado, una evaluación de bienestar animal, el apto médico y servicio veterinario y un código de ética institucional.