Con el voto de los jueces Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, la Corte dejó sin efecto una resolución de la Cámara Federal de San Martín, que había revocado una medida cautelar contra el funcionamiento de las centrales termoeléctricas de Pilar, y mandó a dictar un nuevo fallo en base a un dictamen de la procuradora fiscal que valoró el posible daño al medio ambiente.
El recurso de queja fue interpuesto por Juvevir Asociación Civil, actora en autos, representada por Ana Cecilia Torta, Erica Graciela Hahn, Facundo Antonio Despo y Gustavo Alejandro Madeira, todos por derecho propio, con el patrocinio letrado del Dr. Fabián Andrés Maggi.
Las dos termoeléctricas, conocidas como Matheu I y II, tienen una potencia de 500 MW, y están catalogadas como industrias categoría 3, peligrosas desde el punto de vista ambiental.
Los magistrados tuvieron en cuenta los potenciales efectos nocivos para la salud y el medio ambiente que podrían generar las termoeléctricas y los aproximadamente cinco millones de litros diarios tomados del acuífero Puelche que requeriría el funcionamiento. En ese marco, señalaron el riesgo que implica para el agua potable, teniendo en cuenta que un alto porcentaje de la población de Pilar y Escobar se abastece a través de perforaciones.