El Juzgado Federal en lo Criminal y Correcional de Morón 2, a cargo del juez federal Jorge Ernesto Rodríguez, dictó sentencia por la causa “Mendoza, Beatriz Silvia y otros c/Estado Nacional
s/ejecución de sentencia”, y ordenó a la Autoridad de la Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) a que fije el límite para el Benceno en el aire y emita informes acerca de los riesgos para la salud de la presencia del elemento en el ambiente.
El fallo, que se conoció en las últimas horas, exigió declarar que “constituye un derecho humano el acceso al aire sin contaminantes agregados como consecuencia de actividades antrópicas que puedan producir daños a la salud humana”, y requirió a ACUMAR que en un plazo de 20 días “establezca el elemento numérico para monitorear la presencia de Benceno en el aire (conf. Res. ACUMAR 2/2007)”.
De modo semestral (y coincidente con 2 de los trimestrales dispuestos por la CSJN en su fallo del 07/07/2008), le solicitó además al organismo que adopte “informes integrados con los datos de la Provincia y la Ciudad de Buenos Aires y como así también de la firma contratada por el ente”.
“Cuando se presenten los informes integrados dispuestos, se adjunte una evaluación fundada de los riesgos para los daños en la salud que signifique la presencia de los elementos detectados”, pidió.
En tanto, señaló que, con la presentación del tercer informe trimestral de año en curso, deberá el ente deberá verificar si en el área de la cuenca contiene los contaminantes enumerados”.