El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dejo firme una sentencia que le exigió al Municipio de Gualeguaychú cumplir con los requisitos impuestos por la Secretaría de Ambiente de dicha provincia a fin de renovar el Certificado de Aptitud Ambiental (CAA) del basural “Ecoparque Gualeguaychú”, vencido en 2016 por omisiones municipales en el manejo de los residuos. A su vez, el fallo ordenó la concreción de medidas preventivas para que los líquidos lixiviados contaminantes no se derramen en el arroyo “El Cura”.
La resolución fue emitida el 31 de diciembre y firmada en mayoría por los jueces Miguel Ángel Giorgio, Leonardo Portela y Jorge Alberto Pirovani, quienes en ese orden decidieron respecto al recurso de apelación interpuesto por la Municipalidad de Gualeguaychú en el marco del amparo ambiental incoado por los amparistas Darío y Julieta Carraza y Leonardo Chesini. Ellos habían presentado la demanda el 31 de agosto pasado “por derecho propio y en representación del arroyo ‘El Cura’ como bien comunitario”.
Según se detalló en la sentencia, que rechazó la apelación del municipio y confirmó de ese modo el fallo de primera instancia, la pretensión de los demandantes consistió en “conminar a la regularización de la situación ambiental del Ecoparque Gualeguaychú”, a cargo de la Dirección de Ambiente Municipal de Gualeguaychú, el cual requiere, como sitio donde se gestiona la basura, del CAA otorgado por la Secretaría de Ambiente Provincial, cuya vigencia dura dos años.
En este orden se subrayó la “obligatoriedad de renovación bienal procede de la calificación otorgada por el CAA a la peligrosidad del emprendimiento”, que el municipio luego “solicitó la renovación del certificado de aptitud ambiental en tres oportunidades”. La primera en 2016 y luego los otros pedidos pero que “nunca tuvieron acogida favorable debido a faltantes de informes o documentación. Esto ha llevado al presente de irregularidad que ha sido denunciada públicamente por el Foro Ambiental de la ciudad, y de lo que nos hacemos eco en la presente acción de amparo. Lo cierto es que el establecimiento funciona sin la debida actualización del certificado de actitud ambiental y generando escorrentías de aguas superficiales que drenan contaminadas al Arroyo El Cura”, señalaron.