El Gobierno nacional resolvió eliminar la alícuota para la importación de bienes de capital por fuera de lista de la Nomenclatura Común del Mercosur que sean necesarios para cumplir las metas del Régimen de Fomento Nacional para el Uso de Fuentes Renovables de Energía destinada a la Producción de Energía Eléctrica.
Según el decreto 814/2017, publicado en el Boletín Oficial, “corresponde establecer la reducción al 0% de las alícuotas correspondientes al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) de la M.C.N. de los bienes que no tengan producción local o que resultan necesarios para la integración con bienes de fabricación local” destinados a la producción de energías renovables.
El Régimen de Fomento de Energías Renovables establece como objetivo lograr un incremento en la participación de las fuentes alternativas en la matriz eléctrica hasta llegar a un 8% del consumo anual nacional al 31 de diciembre del año 2017, aumentando ese valor de forma progresiva hasta alcanzar un 20% al 31 de diciembre de 2025.
Según el decreto 814/2017, publicado en el Boletín Oficial, “corresponde establecer la reducción al 0% de las alícuotas correspondientes al Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) de la M.C.N. de los bienes que no tengan producción local o que resultan necesarios para la integración con bienes de fabricación local” destinados a la producción de energías renovables.
El Régimen de Fomento de Energías Renovables establece como objetivo lograr un incremento en la participación de las fuentes alternativas en la matriz eléctrica hasta llegar a un 8% del consumo anual nacional al 31 de diciembre del año 2017, aumentando ese valor de forma progresiva hasta alcanzar un 20% al 31 de diciembre de 2025.