El Tribunal Constitucional alemán, con sede en Karlsruhe, considera que es “insuficiente” la sentencia publicada ayer, en respuesta a una demanda del consorcio Vattenfall. Además, recuerda la Corte, la regulación no llegó siquiera a entrar en vigor por razones formales.
La regulación de las compensaciones para el llamado apagón nuclear, decidido en 2011 por el gobierno de la canciller Angela Merkel a raíz de la catástrofe de la central japonesa de Fukushima, quedó aprobada en 2018 a instancias de una sentencia del Tribunal Constitucional de 2016 favorable a la industria del sector.
En la sentencia de 2016, el Tribunal Constitucional había avalado el derecho de las eléctricas a recibir una compensación “adecuada” por las pérdidas derivadas del cierre de las plantas nucleares existentes.
Dicha sentencia respondía a una demanda conjunta de los consorcios Eon, RWE y Vattenfall. Este último recurrió de nuevo a esa Corte, por considerar insuficiente la regulación finalmente aprobada en 2018 por el Legislativo.
El plan para el apagón nuclear decidido por el gobierno de Merkel, bajo el impacto de lo ocurrido en Japón, establecía un calendario escalonado para el cierre de las entonces 17 centrales nucleares en funcionamiento, de modo que las últimas cerrarían a más tardar en 2022.
Un año antes, el Ejecutivo había dado marcha atrás al plan aprobado en tiempos de la coalición roji-verde, liderada por el socialdemócrata Gerhard Schröder (1999-2005), para cerrar las centrales nucleares, con las correspondientes compensaciones para los consorcios.
Las energéticas recurrieron entonces al Tribunal Constitucional, por considerar que los sucesivos cambios de planes y sucesivos calendarios iban a provocarles daños millonarios, tanto por las nuevas inversiones realizadas en vano como por los volúmenes de producción calculados.
El Tribunal Constitucional dispuso en su sentencia de 2016 al Legislativo a tener una regulación “apropiada” para junio de 2018, lo que según la sentencia de ayer no ha ocurrido.
Fuente: EFEverde